¡Cuidado con las estafas! Usa nuestros canales oficiales y validá tu guía de seguimiento.
‘VIA CARGO’ es la denominación comercial para los servicios de carga y postales habilitados para VIA BARILOCHE S.A. y VIA CARGO S.A. (RNPSP N° 532 y 870). Los servicios postales “VIA CARGO” se rigen por el Decreto N° 1187/93 (t.o. Decreto 115/97), la Ley N° 20126 de Correos (Arts. 6,11,17,20,26,30,31,32,34,43,44), su Decreto Reglamentario N° 151/74 (Arts. 11,17,20,26,30) y demás normas vigentes. En consecuencia, los envíos postales son inviolables, lo que implica la obligación de no abrirlos, apoderarse de ellos, suprimirlos, dañarlos o desviarlos intencionalmente de su curso, ni tratar de conocer su contenido. Es obligatorio declarar el valor del contenido en los envíos que se incluya papel moneda, alhajas, monedas metálicas, objetos preciosos o valores al portador u otros objetos de valor cuyo valor real supere los límites mínimos y máximos de responsabilidad que asume VÍA CARGO, y que se encuentran disponibles en viacargo.com.ar y en los puntos de atención de la empresa al momento de despachar envío. En estos casos, será obligatorio que incluyan una prima de reembolso, que deberá ajustarse al valor real del contenido. El costo de la prima ascenderá al 5 % (más I.V.A), sobre el valor declarado. El valor mínimo de la prima se encuentra disponible en viacargo.com.ar y en los puntos de atención de la empresa al momento de despachar envío. Se entenderá por valor declarado, el valor declarado en la guía al momento de despachar el envío, marcando el límite máximo de responsabilidad que VÍA CARGO asume como consecuencia del mismo. El cargo de la misma va por cuenta del remitente o destinatario dependiendo la modalidad del envío elegido. La empresa no se responsabiliza por el estado del contenido, el cual recibe en bulto cerrado y no verifica. Tampoco se responsabiliza por roturas y extravíos causados por embalajes deficientes. La mercadería en descomposición será destruida en el momento de su detección. El envío postal pertenecerá al remitente hasta tanto no haya sido entregado al destinatario o persona autorizada para recibirlo. Los envíos que no puedan ser entregados al destinatario serán sometidos al procedimiento establecido por la normativa vigente. Serán destruidos los envíos que se detecte contengan productos perecederos o de fácil descomposición, así como también los que presenten filtraciones o se encuentren en condiciones inconvenientes para su almacenamiento. No podrán incluirse en los envíos postales los siguiente objetos: objetos inflamables; corrosivos; armas de fuego, explosivos; elementos líquidos y/o frágiles; sustancias de carácter infeccioso y/o peligroso; material magnético; materiales radioactivos; estupefacientes o cualquier otra sustancia y/o material cuyo uso o tenencia esté penado legalmente o que se hubiera obtenido en violación a las normas vigentes en la República Argentina. Siendo que VÍA CARGO desconoce el contenido del envío, el mismo resultará de exclusiva responsabilidad de los clientes. VIA CARGO asume la responsabilidad por la eventual pérdida, extravío, deterioro, total o parcial y demora excesiva e injustificada en la entrega de los envíos que admita. Conforme lo previsto en la ley, cuando se comprueben estas situaciones, VIA CARGO indemnizará al cliente con un monto que alcanzará de máxima el valor declarado por el remitente en la guía. La indemnización se abonará al remitente cuando: a) El envío no haya sido entregado al destinatario; b) El destinatario que hubiere recibido el envío expoliado o averiado, efectúe cesión de derechos a favor del remitente. Se abonarán al destinatario cuando: a) Al momento de recibir el envío expoliado o averiado formule por escrito la consiguiente reclamación y b) El remitente ceda sus derechos. No habrá lugar a indemnización en los siguientes casos: a) El interesado no haya formulado reclamación, dentro del plazo estipulado en la normativa vigente, de un plazo de cuatro (4) meses de contratado el servicio; b) Se trate de envíos que se hallen en violación a las disposiciones vigentes; c) El hecho que origine el perjuicio sea imputable al expedidor o al destinatario, o por vicio propio de la cosa o inherente a su naturaleza; d) Los envíos se admitan a riesgo del remitente; e) En los casos fortuitos o de fuerza mayor; f) El destinatario haya otorgado recibo sin formular objeción. Información sobre precios, condiciones particulares de los servicios, seguimiento y reclamaciones disponible en viacargo.com.ar y en los puntos de atención de la empresa. No se aceptará ningún envío sin exhibición y registro del DNI del remitente o de la persona que físicamente concurra a imponer el envío en el punto de atención. La entrega de los envíos de los puntos de atención se realizará al destinatario con exhibición de su D.N.I o a personas que acredite fehacientemente autorización o representación suficiente para hacerlo, sin excepción alguna. Organismo Regulador: ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES www.enacom.gov.ar.
https://www.enacom.gob.ar/problemas-con-el-servicio/reclamo_postales_p712
https://www.argentina.gob.ar/produccion/defensadelconsumidor
DDJJ en ENACOM Formularios RNPSP 006 (Ocasionales) disponibles AQUÍ.